LEY 11015 MODIFICACIONES AL CÓDIGO TRIBUTARIO PROVINCIAL, OTRAS LEYES y LEY DE CATASTRO N° 10454
Fecha de publicación: 23/12/2024
Modificación, actualización o relación con otra norma: Ley de Catastro N° 10454, a Ley Nº 9867, Ley Nº 8002, artículos 101 al 109 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba (modificado por Ley Nº 10906), artículo 5 de la Ley Nº 9814, artículo 4º de la Ley Nº 8663 y su modificatoria, inciso 24) del artículo 12 de la Ley Nº 8435, artículo 1º del Decreto Nº 2598/11, ratificado por Ley Nº 10032, Ley Nº 10724, Ley Nacional Nº 21526, artículo 45 de la Ley Nº 10928, Anexo A de la Ley Nº 5589, artículo 7º de la Ley Nº 7255 y sus modificatorias, a Ley Nº 9235 y sus modificatorias, artículo 5º de la Ley Nº 9277 y sus modificatorias, artículo 1º de la Resolución Nº 11/D/2024, artículo 1º del Decreto Nº 2414/2023, artículo 3º de la Ley Nº 10955, artículo 20 de la Ley Nº 9867, Ley Nº 10942, artículo 58 de la Ley Nº 10835, del inciso a) del artículo 5º de la Ley Nº 9814, Ley Nº 10724 y sus modificatorias, artículo 55 del Anexo de la Ley Nacional Nº 24977 y sus modificatorias, -Ley Nacional Nº 23966, Ley Nacional Nº 20337, artículo 3º de la Ley Nº 8663, artículo 48 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 070/2023 del Poder Ejecutivo Nacional, Ley General de Sociedades Nº 19550, TO 1984 y sus modificatorias, Ley Nº 8373.
El artículo 14 de la ley 11015 introduce modificaciones a la ley de Catastro sustituyendo los inc a) y apartado 1 del inc. b) ambos del artículo 53, e incorporando los artículos 53 bis, ter y quater, todos referidos a la aplicación de multas por incumplimiento de los deberes formales a cargo del contribuyente”.
Vigente