Catastro Córdoba

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Preguntas frecuentes

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El plazo para emitir certificados e informes es de 5 días hábiles. 

Tené en cuenta: 

  • El informe se emite con planos de mensura vigentes a partir 01/01/1969. 
  • En caso de existir el plano de mensura que reúne las condiciones técnicas confeccionados entre los años 1964 y 1968 se solicita actualizarlo mediante una Verificación de estado parcelario – VEP, según lo enunciado en la Ley N° 10.454 - Artículo 19 
  • En caso de no existir el plano de mensura deberás cumplimentar con lo establecido en el punto 7.2 de la Resolución técnica catastral N° 1/2015. 

Catastro Córdoba no emite informes sobre inmuebles en esas condiciones. En ese caso se debe finalizar o anular el expediente. 

Catastro Córdoba no emite informes sobre resto de superficie. Debés presentar el plano de mensura. 

Catastro Córdoba puede informar sobre una parte de superficie de un inmueble si se encuentra inscripta, no siendo necesaria la presentación de plano de mensura. 

, siempre y cuando esté inscripto. Catastro Córdoba informa según lo enunciado en la Resolución interna 3.575/2017 y su anexo Circular Interna 1.799.  

El problema puede deberse a que algunos inmuebles presentan una descripción desactualizada o simbología que genera error al querer emitir dicha solicitud. 

En ese caso, comunicate por mensaje privado a nuestro perfil de Facebook @Catastrocba, para que revisemos la descripción del inmueble.  

Catastro Córdoba no emite informes sobre inmuebles con cuentas dadas de baja tributaria. 

Sí se realiza el informe sobre cuentas que se encuentran dadas de baja, pero que tributan hasta el fin del año en curso. 

Sí, para el caso de un lote intermedio generado por un expediente de mensura y subdivisión para futura unión, Catastro Córdoba puede informar la valuación de la tierra y mejoras, en caso de que exista una edificación. 

Al solicitar el certificado, tené en cuenta: 

  • Realizá un pedido por cada lote individualmente.  
  • Brindá la siguiente información: número de expediente y número de lote intermedio, ya sea urbano o rural. 
  • El lote intermedio se crea y desaparece durante el proceso de mensura y subdivisión para futura unión, ya que se anexará a otro lote al realizar la futura unión, y por este motivo no tiene un número de cuenta activo.  

Hacé clic aquí para iniciar tu solicitud, ver los requisitos y el paso a paso.  

 Sí, Catastro Córdoba puede emitir certificados de valuaciones especiales. Se consideran como valuaciones especiales a: 

  • La valuación de un inmueble que tenga vigencia para el año próximo (edificación terminada en el año en curso). 
  • La valuación de un inmueble que resulte de planos de loteo, subdivisiones, uniones, prescripción adquisitiva y se registre una mayor superficie.  

 Tené en cuenta que: 

  • No se emiten informes de valuaciones sobre cuentas que no tributan o cuentas dadas de baja tributaria.  
  • El certificado de valuación de cuentas en estado PIR, cuentas a futuro o pendientes de inscripción registral, solo pueden ser gestionadas por escribanos, y su solicitud debe ingresar por Bandeja de solicitudes de certificados catastrales del SIT. 
  • Mirá este tutorial en el que te explicamos cómo solicitarlo, hacé clic acá. 

Hacé clic aquí para solicitar un Certificado de valuaciones, donde encontrarás los requisitos y el paso a paso.   

Catastro Córdoba puede emitir certificados que acrediten la finalización de la obra de una propiedad horizontal. 

Para solicitar el Certificado de obra terminada, tené en cuenta: 

  • Realizá una solicitud por cada una de las unidades de Ph generadas por expediente de mensura y subdivisión para afectación de Ph.  
  • Brindá la siguiente información: número de cuenta, número de Ph, número de expediente y adjuntá el Certificado de final de obra municipal. 
  • No se emiten certificados de obra terminada sobre cuentas que no tributan o cuentas dadas de baja tributaria.  

Mirá este tutorial en el que te explicamos cómo solicitarlo, hacé clic acá. 

Hacé clic aquí para solicitar el certificado de obra terminada, donde encontrarás los requisitos y el paso a paso. 

Tené en cuenta: 

  • Ser martillero matriculado y habilitado por el Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba. 
  • El inmueble debe contar con una cuenta activa. En caso contrario Catastro Córdoba no emitirá el informe. 

  • Al iniciar la gestión, citá los datos del juzgado solicitante y el expediente judicial.  

Para más información sobre Certificado de subasta, hacé clic aquí.

El certificado de valuación de cuentas en estado PIR, cuentas a futuro o pendientes de inscripción registral, solo pueden ser gestionadas por escribanos, y se solicita a través de la bandeja de solicitudes de certificados catastrales del SIT. 

Mirá este tutorial en el que te explicamos cómo solicitar un Certificado de valuación de cuentas PIR: hacé clic acá. 

El expediente de mensura de usucapión debe contar con la correspondiente planilla de cuentas, y la cuenta debe estar activa en SIT. 

Adjuntá la Sentencia Judicial emitida por el juzgado actuante, que contenga los siguientes datos:  

  • Cuenta resultante 
  • Autos 
  • Número de expediente judicial 
  • Descripción del inmueble según plano 
  • Número de expediente de mensura de usucapión 
  • Juzgado solicitante  

Un motivo frecuente es que el campo de Observaciones de la Solicitud de Certificados Catastrales tiene un límite de 1500 caracteres. Si al cargar la observación se supera dicha cantidad, se producirá un error y el certificado no se dará de alta en el Sistema. 

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