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La Verificación de la subsistencia parcelaria o Verificación del estado parcelario consiste en el conjunto de tareas que realiza el profesional de la agrimensura para comprobar la coincidencia o no de los hechos materializados en el terreno y la documentación a través de la cual se constituyó el estado Parcelario (plano de Mensura), debiendo identificar y dimensionar las ocupaciones de o a terceros, a los fines de informar acabadamente la situación real del inmueble.

Mirá el video tutorial de verificación del estado parcelario vía web (VEP), hacé clic aquí.

No. Si estás por iniciar una gestión de VEP (Verificación de estado parcelario) de una parcela en estado PIR (Pendiente de inscripción registral), tenés que usar la nomenclatura que se te otorgo en el momento de la presentación del expediente del cual surge dicha parcela. No se actualiza en función de los limites políticos, administrativos y radios urbanos actuales del SIT. 

Conforme a la Resolución Normativa 07/2017 (Art. 4) referida a protocolización de planos, se solicita la renovación del estado parcelario en los términos de la Ley N° 10.454 (Art. 18), el cual caducará al cumplirse los siguientes plazos 

  • 5 años para parcelas y subparcelas urbanas baldías. 
  • 10 años para parcelas y subparcelas urbanas edificadas. 
  • 15 años parcelas rurales. 

Enviá un mail a [email protected] 

El sistema sólo permite iniciar trámites VEP sobre planos que se encuentran Visados y con fecha de Visación. 

Podés enviar tu consulta al equipo de Cartografía, mediante un mensaje privado en nuestra Fanpage CatastroCba. 

Si la rectificación implica cambios que no modifican los elementos esenciales de la parcela podés solucionarlo a través de VEP 

Si la gráfica es correcta y el error está en la descripción del inmueble, solicitá su corrección al equipo de Protocolización. Envianos un mensaje privado en nuestra Fanpage CatastroCba. 

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